DONDE PUEDO APOSTILLAR UN DOCUMENTO EN EL ESTADO DE MÉXICO

DONDE PUEDO APOSTILLAR UN DOCUMENTO EN EL ESTADO DE MÉXICO

 

La apostilla de documentos en el Estado de México se realiza, en la capital del Estado en el departamento de legalizaciones y apostillas, esta oficina está ubicada en calle Urawa 100, Izcalli I.P.I.E.M. 50150 Toluca de Lerdo, México.

En estas oficinas se apostillan documentos expedidos por el gobierno local, como actas de nacimiento, actas de matrimonio, constancias de inexistencia de matrimonio, constancia de inexistencia de registro de nacimiento, actas de divorcio, actas de reconocimiento, algunos certificados de estudios, documentos expedidos por notarios.

ACLARACIÓN IMPORTANTE: “LOS NOTARIOS NO TIENEN FACULTADES PARA APOSTILLAR DOCUMENTOS DEL ESTADO DE MÉXICO, DE NINGÚN ESTADO DE LA REPUBLICA, NI DOCUMENTOS DE CARÁCTER FEDERAL”. 

Sin embargo, algunos notarios ofrecen estos servicios para ganarse dinero extra, pero lo que hacen es mandar a una persona a apostillar los documentos en las oficinas de legalización y apostilla del Estado de México.

Los documentos de carácter federal, como títulos universitarios, grados de maestría, doctorado, especialidad, constancia de antecedentes penales federales, entre otros, se realiza en la Ciudad de México, en la DICOPPU apostilla de documento federales y Legalización de documentos federales y estatales, ubicado en Río Amazonas 62, Col. Renacimiento, Cuauhtémoc, 06500 Ciudad de México, CDMX.

DIFERENCIA ENTRE APOSTILLA Y LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS:

APOSTILLA

1.-El país donde se va utilizar el documento apostillado debe ser miembro de la convención de la Haya, sobre apostillas de fecha de 5 de octubre de 1961.

2.-Solo lleva un sello de gobernación, este sello es de apostilla.

Importante aclarar que documentos federales, algunos deben autenticarse las firmas previo a la apostilla, como el caso de títulos profesionales.

LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS

1.- El país donde se va utilizar el documento NO ES MIEMBRO DE LA CONVENCIÓN DE LA HAYA fecha de 5 de octubre de 1961.

2.-Lleva TRES sellos en documentos federales, en documentos de carácter Estatal como actas de nacimiento lleva CUATRO SELLOS, GOBIERNO DEL ESTADO, GOBERNACIÓN, SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES Y EL DE LA EMBAJADA DEL PAÍS SONDE SE VA UTILIZAR.

Importante aclarar que documentos federales, algunos deben autenticarse las firmas previo al primer sello en GOBERNACION, como el caso de títulos profesionales.