CONSTANCIA DE SOLTERIA
Esta constancia de soltería te la piden para acreditar que no estas casado, y para contraer matrimonio, ya sea e México o en otro país.
Constancia de inexistencia de registro de matrimonio.
Época: Novena Época
Registro: 178129
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XXI, Junio de 2005
Materia(s): Civil
Tesis: XXV.3 C
Página: 861
SOCIEDAD CONYUGAL. NO PUEDE AFECTAR EL INTERÉS LEGÍTIMO DE UNA PERSONA EL HECHO DE QUE SU CÓNYUGE HAYA MANIFESTADO SER SOLTERO EN UN CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA POSTERIOR A LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO.
Es insostenible el argumento relativo a que la impetrante de garantías debe acreditar con alguna prueba distinta al acta del Registro Civil, que a la fecha en que su esposo adquirió el inmueble, estaba vigente la sociedad conyugal, si éste manifestó en un contrato privado de compraventa posterior a la celebración del matrimonio y en sus generales ser soltero, pues independientemente de que dicha acta constituye el medio idóneo para evidenciar el estado civil de las personas, el hecho de que su cónyuge haya manifestado ser soltero no puede afectar los intereses legítimos que aquélla pudiera tener, derivados de la sociedad conyugal, porque tal afirmación no proviene de ella y, por tanto, no es un acto que le sea propio o que se encuentre reconocido por ésta.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO QUINTO CIRCUITO.
Amparo en revisión 438/2004. 23 de noviembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: José Francisco Cilia López. Secretario: Manuel de Jesús Castañón Santillán.
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